Dependiendo de la materia, los interesados en resolver conflictos familiares pueden acceder al servicio por las siguientes vías:
Si es para regular pensiones de alimentos, relación directa y regular (visitas) o cuidado personal (tuición), pueden llegar al proceso de mediación por tres caminos:
- Derivados de un Tribunal de Familia: habiendo asistido el interesado(a) a un Tribunal, éste procederá a derivarlo(a) a través de un Sistema Informático (SIMEF), en que se agenda la primera sesión de mediación. El funcionario del Tribunal hará entrega de una carta con la fecha, hora y centro de mediación al que debe dirigirse.
- Derivados por las Corporaciones de Asistencia Judicial: el funcionario del Centro Jurídico que atienda al usuario, debe remitir los antecedentes de las partes al Centro de mediación licitado vía correo electrónico, para que éste proceda a citar a las partes a la sesión inicial
En estos dos primeros casos, la derivación se realizará a un Centro de Mediación Licitado o contratado por el Ministerio de Justicia, como nuestro centro CREA.
- Cualquier persona puede acudir directamente a un Centro de Mediación licitado o a un Centro de Mediación Privado, a solicitar una mediación
Si es para mediación de otras materias familiares:
– Pueden acudir directamente a un Centro de Mediación Licitado.
– Pueden acudir a un Centro de Mediación Privado.
– Pueden acudir a un Centro de Mediación de la Corporación de Asistencia Judicial.